La prestación tendrá una duración de seis meses. Está destinada a asegurar un ingreso equitativo al salario mínimo vital y movil. Se podrá combinar con AUH, IFE, y pensiones asistenciales.Sábado 26 de septiembre de 2020
Anses , junto al Ministerio de Mujeres, Géneros y Diversidad de la Nación (MMGyD) , activa el nuevo bono «Acompañar» , el monto de $17000 para ayudar a víctimas de violencia de género. Este viernes, se informó que el monto se liquidará mediante el organismo previsional , y va a ser articulado con municipios y provincias para que el ingreso en cada una de las personas que necesiten del programa, tanto como acompañamiento y asistencia integral, sea de modo conjunto con las áreas locales. Elizabeth Gómez Alcorta , titular del MMGyD, dijo al respecto: «Esta ha sido una de las demandas históricas del movimiento de mujeres y diversidad: pedir al Estado que cumpla el rol de acompañamiento, insustituible, y por eso celebramos poner en marcha el programa». Paso a paso, los requisitos para recibir el nuevo bono de Anses. La suma será no reintegrable, personal, no renovable y no contributiva equivalente a un Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM ), es decir cerca de $17.000 . Se abonará durante un lapso de seis meses seguidos . El propósito es el de solventar gastos esenciales de organización y desarrollo de un proyecto de vida autónomo y libre de violencias. Cobro AUH, IFE, AUE ¿puedo acceder al Plan Acompañar? Si, el nuevo plan resulta ser compatible con: – La Asignación Universal por Hijo (AUH) – Asignación por Embarazo (AUE) – Monotributo Social – Ingreso Familiar de Emergencia ( IFE) – Trabajo registrado bajo el Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares. ¿Cómo se puede acreditar una situación de riesgo? Para acceder a la ayuda económica, se solicitará acreditar la situación de riesgo por violencia por motivos de género mediante un informe social de un dispositivo de atención oficial de violencias local, provincial o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. ¿Quiénes pueden pedirlo? – Toda persona residente en el país que sea ciudadana argentina nativa, por opción o naturalizada. – Extranjera con residencia legal en la República Argentina no inferior a un año anterior a la solicitud. – Mayor a dieciocho años. Los que quedan excluidos del Plan Acompañar: – Ingresos por trabajo en relación de dependencia registrado en el sector público o privado, monotributo y régimen de autónomos. – Subsidio o prestación monetaria no reintegrable con fines de empleo y/o capacitación otorgado por el Estado Nacional. – Jubilaciones, Pensiones, o Retiros de carácter contributivo o no contributivo, sean nacionales, provinciales, municipales, o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. – Pensión Universal para el Adulto Mayor. – Prestación por desempleo.